Del carácter dinámico del orden jurídico, por Hans Kelsen 1

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“El sistema normativo que aparece como un orden jurídico, tiene esencialmente un carácter dinámico. Una norma jurídica no vale por tener un contenido determinado; es decir, no vale porque su contenido pueda inferirse, mediante un argumento deductivo lógico, de una norma fundante básica propuesta. Por ello, y sólo por ello, pertenece la norma al orden jurídico, cuyas normas han sido producidas conforme a esa norma fundante básica. De ahí que cualquier contenido que sea, puede ser derecho.”

Hans Kelsen (1881-1973), “Teoría pura del derecho”.

Un Comentario

  1. Querifídimo DR HERT, En el año 2015 d.C., cuando hablamos de Derechos a Humanos, Derechis Fundamentales, que el Derecho se compone de conceptos, normas y principios, un Derecho más elevado, que existe un Derecho vigente escrito y no escrito, parece que se ha superado totalmente el poditivismo jurídico.
    Será?
    Mi cariño siempre.
    SCCh. שושי

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