¡¡¡NI UN MINUTO MÁS…!!!, ¡¡¡NI UN MINUTO MÁS!!! 1

Evitemos confusiones. No se trata de la popular canción, por cierto, juvenil, del dúo puertorriqueño Zion & Lennox.

No. Aunque vale la pena escucharla.

Se trata de la tesis ¡¡¡de jurisprudencia por contradicción!!! 107/2018 de la Segunda Sala de la SCJN mexicana.

El rubro explica todo: “TIEMPO EXTRAORDINARIO. LOS MINUTOS O FRACCIONES DE HORA LABORADOS ADICIONALMENTE A LA JORNADA DE TRABAJO SON ACUMULABLES Y SE PAGARÁN EN TERMINOS DE LA LEY POR UNIDAD DE HORA COMPLETA COMPUTADOS SEMANALMENTE”.

El corazón de la jurisprudencia por contradicción establece: “…el cálculo del tiempo extraordinario a la jornada es semanal y acumulable dentro de ese periodo, puesto que a través de esa forma se determina el pago doble o triple de las horas extraordinarias, por lo que en ese mismo tenor, es dable establecer que si las horas pueden ser acumuladas tal como lo disponen los artículos 66 y 67 de la Ley Federal del Trabajo, haciendo su interpretación, de conformidad con los artículos 2° y 3° de dicho ordenamiento, tal como lo prevé su artículo 18, el mismo camino deben seguir los minutos o fracciones de hora que sumandos por semana puedan formar horas completas y hacer exigible su pago, en términos de ley…”.

De los artículos mencionados vale la pena destacar el citado artículo 18, que establece el principio in dubio pro operario: En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador.”

En principio, como es ampliamente sabido, resulta aplicable a todos los trabajadores, públicos y privados. Sin embargo, por ahora nos ocuparemos sólo de los trabajadores al servicio de los poderes públicos y de los entes autónomos.

¿Por qué motivo?

Por una simple y sencilla razón. Sobre muchos de ellos se cierne amenazante la inminente reducción de salarios, propuesta (con monto y todo) por el ahora presidente electo. Aunque es evidente que los funcionarios corruptos no obtienen sus ilegítimas y escandalosa fortunas de los salarios devengados, sino de la compra y venta de favores, de la mercadería de prebendas, de los negocios turbios, de hacer privada la riqueza pública, de manera inescrupulosa y cínica. Y nos referimos aquí a todos, absolutamente todos los signos y colores políticos…

Seamos claros. La solución no se encuentra en la reducción indiscriminada de salarios. Por muy demagógicamente aceptable que resulte a los ojos de una masa amorfa. La solución real se encuentra en el establecimiento de una auténtica meritocracia. La solución se encuentra en reducir estructuras obesas e ineficientes, como el Congreso federal (sólo disminuir comisiones en éste es una burla cruel, cuando en realidad hay un burdo exceso de diputados y senadores). En fin, la solución real y verdadera se encuentra en castigar a los corruptos, incluso a los cercanos, a los amigos, a los que hacen causa común y se benefician de la cercanía del poder. Justificarlos o cuestionar a quien los ponen en evidencia, es una muestra de debilidad de principios, por decir lo menos.

Más allá de todo ello, existe un sector importante de servidores públicos comprometidos y honestos, que viven de un sueldo que realmente merecen devengar. Y más todavía, laboran jornadas que a la luz de la legislación laboral no pueden ser consideradas más que inhumanas. Estamos hablando de jornadas de 10 a 12 horas diarias. Esto es práctico, real. No teórico ni demagógico.

Bueno, al menos, ¿a cambio de ello reciben el pago que constitucionalmente les corresponde por las jornadas extraordinarias desempeñadas? (artículo 123, Apartado B, fracción I). La respuesta es un simple: No.

¿Y por qué no se pagan esas horas extraordinarias laboradas?, ¿Por qué se viola tan flagrantemente la Constitución todos los días y todos los minutos?

Por costumbre, porque “se ve mal”, porque nunca se han pagado. Esto es un absurdo y otra forma de hacer demagogia. Se ve mejor esto: ¡¡¡todo por el mismo precio!!!

En este sentido, la jurisprudencia de la Segunda Sala adquiere una dimensión impresionante.

Sí, ¿quieres reducir salarios? Otro sí. ¡¡¡Tienes que pagar los excesos en las jornadas de trabajo!!! Hora por hora. Minuto por minuto.

De lo contrario, ¡¡¡ni un minuto más!!!…¡¡¡ ni un minuto más!!!

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